¿Qué impuestos paga un no residente que tenga una casa en Torrevieja?

En Torrevieja es muy habitual que gente que no reside habitualmente en España compre una vivienda, ya sea para veranear en ella, para alquilarla, como inversión, o con vistas a una jubilación tranquila. Por eso, hoy hemos decidido escribir sobre los impuestos que paga un no residente en Torrevieja.

Si estás leyendo este artículo porque eres un extranjero que quiere comprar casa en España, te recomiendo que eches un vistazo al post de la semana pasada; una guía actualizada para 2019 que te ayudará a que la compra de tu casa sea lo más fácil posible.

¿Ya lo has leído? Hablemos de impuestos.

¿Qué quiere decir no residente?
Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)
Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) para viviendas de uso propio
Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) para viviendas alquiladas
Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

que es no residente. What does non resident mean

¿Qué quiere decir no residente?

No residente no significa lo mismo que extranjero, aunque las dos definiciones suelen ir de la mano. Según la Agencia Tributaria, una persona es residente en el territorio español cuando cumpla cualquiera de estas tres características:

  • Permanece en España 183 días o más durante el año.
  • La base de sus actividades o intereses económicos se encuentra en España, ya sea de forma directa o indirecta.
  • El cónyuge no separado legalmente y los hijos menores de edad que dependen de esa persona residen en España.

Si cumples cualquiera de estas tres características, entonces eres residente en España, y los impuestos que deberías conocer si vives en Torrevieja son estos.

Si no cumples ninguna de estas características, sigue leyendo.

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Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)

El IBI es un impuesto que pagan tanto residentes como no residentes. Se trata de un impuesto municipal que gestiona el ayuntamiento y se paga anualmente.

Para calcularlo, lo primero que hay que averiguar es el valor catastral de la vivienda, que se encuentra en el catastro de la vivienda. Después, este valor catastral se multiplica sobre un coeficiente que cambia según el ayuntamiento; para Torrevieja en 2019, este tipo es del 0,4105% en el caso de la mayoría de casas.

Por lo tanto, la fórmula para calcular el IBI en Torrevieja es la siguiente:

[Valor Catastral] x 0,4105 / 100.

Si tuviésemos un inmueble cuyo valor catastral es de 50.000 €, el IBI se calcularía así:

50.000 € x 0,4105 / 100 = 202,25 €

En algunas ocasiones, hay bonificaciones que se pueden aplicar a este importe para reducir el total a pagar.

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Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) para viviendas de uso propio

Es necesario entender que aunque el propietario resida en el extranjero, tiene la obligación de declarar las ganancias o posibles ganancias del inmueble a la Agencia Tributaria española. El IRNR se calcula sobre esta declaración, y depende del uso que se dé al inmueble, esto es, uso propio o arrendamiento.

En el caso de que el inmueble sea de uso propio, o lo que es lo mismo, no esté alquilado, lo primero que hay que hacer es calcular qué cantidad se debe declarar. Hacienda asume que cualquier inmueble puede generar ganancias, independientemente de si está alquilado o no, y calcula esta cantidad en un porcentaje sobre el valor catastral de la vivienda.

Si el valor catastral de la vivienda ha sido revisado en los últimos 10 años, el porcentaje que se aplica es del 1,1%. Por otro lado, si el valor catastral no está actualizado, el porcentaje que se aplica es del 2%.

Así, el rendimiento a declarar por una vivienda cuyo valor catastral sea de 50.000 €, actualizado hace menos de 10 años, sería este:

50.000€ x 1,1 / 100 = 550€

Este rendimiento a declarar es la base imponible sobre la cual se calcula el Impuesto sobre la Renta de los No Residentes. Dependiendo de dónde resida el dueño del inmueble, el tipo de gravamen varía. Desde 2015, el tipo de gravamen es de un 19% para residentes de la UE, Islandia y Noruega, y un 24% para el resto de contribuyentes.

Por lo tanto, para un propietario que resida en Bélgica, por ejemplo (residente en la UE), el total que debería pagar por la casa de valor catastral de 50.000€ sería:

550€ x 19 / 100 = 104,5€ anuales

La declaración se realiza durante el año natural siguiente a la fecha de devengo, que es el 31 de diciembre, mediante el modelo 210 Impuesto sobre la Renta de no Residentes sin establecimiento permanente, debiéndose presentar un modelo 210 por cada inmueble.

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Impuesto sobre la Renta de los No Residentes (IRNR) para viviendas alquiladas

Si la vivienda es alquilada a un particular, el rendimiento a declarar será el total del importe que se cobre al arrendatario, sin deducir ningún gasto.

Las tasas de gravamen son las mismas que en el caso anterior; un 19% para residentes en la UE, Islandia y Noruega, y un 24% para el resto de contribuyentes. Asimismo, se utiliza el modelo 210 para declarar, con la diferencia de que el plazo de presentación e ingreso será de los 20 primeros días naturales en los meses de abril, julio, octubre y enero, y se calculará y pagará trimestralmente.

Pongamos como ejemplo a un residente en Argentina que tiene su casa en Torrevieja alquilada por 400 € mensuales. El primer trimestre del año, de enero a marzo, tendría que declarar un total de 1200 €, es decir, 400 € multiplicados por tres meses pagados. Por lo tanto, el total que debería pagar sería:

1200€ x 24 / 100 = 288€

Esto, multiplicado por 4 trimestres que hay al año, daría un total de 1152€ anuales de IRNR.

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Impuesto sobre el Patrimonio (IP)

El Impuesto sobre el Patrimonio fue suprimido en el año 2008, pero se recuperó en 2011 debido a la crisis económica, ya que representa una recaudación muy alta para las CC.AA. Este impuesto afecta a cualquier persona que posea bienes en España, ya sea residente o no residente. En principio era un impuesto que solo se iba a prolongar durante dos años, pero se ha ido renovando anualmente. Por lo tanto, es imposible saber si el año que viene será necesario pagarlo o no.

En el supuesto de que sea necesario pagarlo, es importante decir que el impuesto varía dependiendo de cada comunidad. En el caso de la Comunidad Valenciana, y por tanto Torrevieja, el mínimo exento es de 600.000 €. Es decir, si tu patrimonio total en España tiene un valor de 600.000 € o menos, no debes pagar nada. Además, para contribuyentes con discapacidad psíquica con un grado de minusvalía igual o superior al 33%, y para contribuyentes con discapacidad física o sensorial con un grado de minusvalía igual o superior al 65%, el importe del mínimo exento se eleva a 1.000.000 €.

¿Sigues teniendo dudas sobre los impuestos que debes pagar como no residente? En Inmokea tenemos un departamento jurídico especializado que te ayudará a resolver todas tus dudas antes, durante y después de comprar tu casa en Torrevieja. Llámanos y te asesoramos sin compromiso. Comparte este post si te ha sido útil, y no te pierdas el artículo de la próxima semana, donde hablaremos de las opciones para obtener la residencia permanente en España.

 

 

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